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Artículo 28 del Decreto Con Fuerza de Ley 149

Estatuto orgánico de la universidad de santiago de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4817 / 9119646.

Texto oficial

De los funcionarios Académicos, Administrativos y Estudiantes (ARTS. 28-35) ARTICULO 28° Son funcionarios académicos quienes realizan actividades de docencia, investigación, desarrollo, creación artística y/o extensión, integrados a los programas de trabajo de las Facultades. Los Académicos que desempeñen funciones directivas en la Corporación, mantendrán su calidad jerárquica académica durante el ejercicio de estas funciones.