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Artículo 31 del Decreto Con Fuerza de Ley 149

Estatuto orgánico de la universidad de santiago de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4817 / 9119649.

Texto oficial

ARTICULO 31° Son funcionarios administrativos, aquellas personas nombradas para realizar en la Universidad labores de carácter profesional, técnico, administrativo o de servicios y que no se encuentren adscritos a una planta académica.