Texto oficial
TITULO IV (ARTS. 36-37)
De los Estudios, Grados Académicos y Títulos
Profesionales
ARTICULO 36° La Universidad impartirá estudios
conducentes a la obtención de grados académicos de
Licenciado, Magister y Doctor, y Títulos Profesionales de
las disciplinas y especialidades que se determine, de
acuerdo a sus reglamentos y en conformidad a la Ley.