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Artículo 48 del Decreto Con Fuerza de Ley 150

Establece la organizacion y fija las atribuciones del ministerio de obras publicas y servicios dependientes

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4819 · idParte: 7117668

Texto oficial

Artículo 48. Derógase el inciso 3.° del artículo 12 de la ley 8.946.