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Artículo 20 del Decreto Con Fuerza de Ley 150

Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de las normas sobre sistema unico de prestaciones familiares y sistema de subsidios de cesantia para los trabajadores de los sectores privado y publico, contenidas en los decretos leyes n°s. 307 y 603, ambos de 1974

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4824 · idParte: 8557436

Texto oficial

Artículo 20°.- El sistema se financiará con cargo a un fondo único, el que se denominará "Fondo Unico de DL 307/74 Prestaciones Familiares y Subsidios de Cesantía", en ART 18° adelante "el Fondo". DL 3501/80 ART 8° INC. 1° y FINAL