Texto oficial
Artículo 37 .- Las instituciones que intervengan en la (DL 307/74
administración y/o pago de los beneficios establecidos en ART 37°
el presente Título que tengan consultadas en el Programa INC. 1°)
partidas a su favor, girarán directamente con cargo a la DL 3501/80
cuenta del Fondo las cantidades que sean necesarias para ART 8°
financiar, en la parte que corresponda, los gastos que INC FINAL
origine su participación en el Sistema.