Texto oficial
Artículo 40°.- Derógase el Título IV del decreto ley
N° 97, de 1973, así como todas las disposiciones legales y (DL 307/74
reglamentarias contrarias al decreto ley N° 307, de 1974. ART 60°)
Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de las normas sobre sistema unico de prestaciones familiares y sistema de subsidios de cesantia para los trabajadores de los sectores privado y publico, contenidas en los decretos leyes n°s. 307 y 603, ambos de 1974
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4824 / 8557457.