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Artículo 68 del Decreto Con Fuerza de Ley 150

Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de las normas sobre sistema unico de prestaciones familiares y sistema de subsidios de cesantia para los trabajadores de los sectores privado y publico, contenidas en los decretos leyes n°s. 307 y 603, ambos de 1974

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4824 · idParte: 8557488

Texto oficial

Artículo 68°.- Los trabajadores del sector público en (DL 603/74 goce de subsidio quedarán afectos a las disposiciones ART 30°) contenidas en los artículos 50° y 51° del presente DL 3501/80 decreto con fuerza de ley. INCISO 2°.- DEROGADO ART 8° INC FINAL LEY 18413 ART 2 N° 13