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Artículo 4 del Decreto Con Fuerza de Ley 151

Estatuto de la universidad de atacama

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4829 / 9006698.

Texto oficial

CUARTA. Hasta que entren en vigencia los reglamentos a que se refieren el artículo anterior, el Rector conservará sus facultades y atribuciones legales y reglamentarias, y esta Universidad se regirá, en lo que proceda, por las normas que le son actualmente aplicables.