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Artículo 44 del Decreto Con Fuerza de Ley 151

Estatuto universidad de atacama

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4830 / 8824400.

Texto oficial

De los Grados. {ART. 44} Artículo 44°.- La Universidad podrá otorgar los Grados de Licenciado, Magister y Doctor.