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Artículo 43 del Decreto Con Fuerza de Ley 151

Estatuto universidad de atacama

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4830 · idParte: 8824399

Texto oficial

Artículo 43°.- Los planes de estudios especificarán la organización de los cursos, actividades curriculares y prácticas profesionales indispensables para la obtención de un grado, diploma o certificado y los títulos profesionales que correspondan.