Texto oficial
Artículo 40°.- El Consejo Académico determinará las
ocasiones y sus fechas en que durante el año académico se
otorgarán los títulos y grados a quienes hayan cumplido
los requisitos para su obtención antes de dichas fechas.
Estatuto universidad de talca.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4834 / 9009758.