Texto oficial
Artículo 39°.- Un reglamento dictado por el Rector,
previo informe del Consejo Académico, establecerá la
duración de cada período lectivo, el sistema de medición
de los estudios y otras materias atinentes.
Estatuto universidad de talca.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4834 / 9009755.