Texto oficial
Artículo 42°.- Son estudiantes aquellos que estando en
posesión de su Licencia de Educación Media o su
equivalente legal, y habiendo cumplido con los requisitos de
admisión se encuentren matriculados de conformidad al
reglamento. Un reglamento dictado por el Rector establecerá
la forma y condiciones en que los alumnos extranjeros se
incorporarán a la Universidad.