Texto oficial
Artículo 7° Los gastos del Presupuesto Corriente se
dividirán en Gastos de Operación y Gastos de
Transferencia.
Por Gastos de Operación se entenderán todos aquellos
que se destinen a pagos de remuneraciones y a la
adquisición de los bienes de consumo y servicios no
personales que la Empresa necesita para el normal
cumplimiento de sus funciones.
Por Gastos de Transferencia se entenderán los egresos
que signifiquen pagos a personas naturales o jurídicas, sin
prestación recíproca en bienes o servicios.
Por Gastos de Capital se entenderán aquellos egresos
que contribuyen a la capitalización de la Empresa y pagos
por amortización de deudas.
Tanto los proyectos de inversión como los proyectos de
exploración e investigación que incluya la Empresa en sus
presupuestos, deberán contar con la evaluación conjunta de
la Oficina de Planificación Nacional y la Comisión Chilena
del Cobre.