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Artículo 35 del Decreto Con Fuerza de Ley 153

Crea la empresa nacional de minería

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4836 / 8626846.

Texto oficial

Artículo 35° los deudores estarán obligados a entregar a la Empresa las patentes de las minas hipotecadas dentro del plazo en que deben ser pagadas. Si el deudor no lo hiciere, la Empresa podrá efectuar el pago con cargo a los interesados.