Texto oficial
Artículo 36° La hipoteca sobre pertenencias mineras en
favor de la Empresa podrá constituirse con carácter de
general y, por consiguiente, no sólo caucionará las
obligaciones existentes entre las partes al tiempo de su
constitución, sino que todas las obligaciones
sobrevinientes, de cualquiera naturaleza, mientras no se
haya cancelado la respectiva inscripción.