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Artículo 41 del Decreto Con Fuerza de Ley 153

Crea la empresa nacional de minería

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4836 · idParte: 8626852

Texto oficial

Artículo 41° Los deudores que constituyeren prenda de cualquiera naturaleza en favor de la Empresa, quedarán sujetos a las responsablidades penales que señalen los artículos pertinentes de la ley sobre contrato de prenda agraria.