Texto oficial
Artículo quinto transitorio.- Autorízase al
Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación de Fomento de la
Producción para que, en representación de dicha
Institución, transfiera a la Empresa Nacional de Minería,
a título gratuito, todas las acciones y derechos que la
referida Corporación posee en la Sociedad Abastecedora de
la Minería Ltda., quedando facultado para ejecutar todos
los actos y celebrar todos los contratos destinados al
efecto.