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Artículo 14 del Decreto Con Fuerza de Ley 153

Estatuto de la universidad de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4838 / 9033394.

Texto oficial

Párrafo 4º Del Pro Rector de la Universidad de Chile (ARTS. 14-17) ARTICULO 14° El Pro Rector es el Ministro de Fe de la Universidad de Chile y el subrogante legal del Rector para todos los efectos. Corresponde al Pro Rector ejercer la asesoría integral del Rector y la coordinación de la gestión administrativa y financiera de la Universidad, además de aquellas funciones y atribuciones que el Rector le delegue.