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Artículo 16 del Decreto Con Fuerza de Ley 153

Estatuto de la universidad de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4838 / 9033396.

Texto oficial

ARTICULO 16° El Pro Rector permanecerá en sus funciones mientras cuente con la confianza del Rector.