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Artículo 45 del Decreto Con Fuerza de Ley 155

Estatuto universidad de bio-bio

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4846 / 8824460.

Texto oficial

Artículo 45°.- La Universidad gozará de la exención de cualquier impuesto, derecho, tasa, tarifa, patente, y otras cargas de las cuales estaba exenta la Universidad de Santiago a la fecha de publicación del presente Decreto con Fuerza de Ley.