Saltar al contenido

Artículo 41 del Decreto Con Fuerza de Ley 158

Estatuto de la universidad de la serena

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4857 / 9033520.

Texto oficial

Artículo 41°.- En la elección el candidato a un cargo académico de la Universidad, deberá evaluarse en el postulante su efectiva participación como representante de los valores de la Universidad, en cuanto a lugar de estudio, enseñanza e investigación, haciendo especial consideración de los siguientes aspectos: (a) Conocimiento de la disciplina acreditada por sus estudios y publicaciones; (b) Cargos significativos en relación con la disciplina; (c) Reconocimiento de la comunidad erudita, en función de su calidad de miembro en academias y corporaciones; (d) Participación, como relator invitado a congresos y eventos de la especialidad; y (e) Reconocida calidad de su actividad docente.