Texto oficial
Artículo 11°.- El Consejo de Política Exterior es un
organismo consultivo de carácter permanente, que tiene por
función formular recomendaciones respecto de los problemas
relativos a las relaciones internacionales que someta a su
consideración el Ministro de Relaciones Exteriores.
El Consejo de Política Exterior depende del Ministro de
Relaciones Exteriores.