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Artículo 23 del Decreto 161

Fija el estatuto orgánico del ministerio de relaciones exteriores

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4870 / 8626902.

Texto oficial

ARTICULO 23° A la Dirección de Asuntos Jurídicos corresponde la elaboración de informes sobre materias que competen al Ministerio de Relaciones Exteriores, tanto en Derecho Internacional como en Derecho Interno. Atenderá, además, las consultas que sobre aspectos jurídico-administrativos le formulen las autoridades del Ministerio. El Director de la Dirección de Asuntos Jurídicos tendrá rango de Embajador, dependiendo directamente del Subsecretario y será de confianza exclusiva del Presidente de la República.