Texto oficial
Artículo 32°.- A la Dirección de Asuntos Culturales y
de Información le corresponde colaborar en la formulación
de la política exterior de Chile en materias culturales, la
coordinación y ejecución de dicha política y colaborar
para que la acción que otros países desarrollan en Chile
en los aspectos señalados sea utilizada adecuadamente.
Le compete, asimismo, mantener informadas a las Misiones
Diplomáticas y Representaciones Consulares de Chile, sobre
el acontecer nacional y elaborar material de apoyo para la
acción de difusión en el exterior de la realidad chilena.
La Dirección de Asuntos Culturales y de Información,
estará a cargo de un Director que será de exclusiva
confianza del Presidente de la República.