Saltar al contenido

Artículo 32 del Decreto 161

Fija el estatuto orgánico del ministerio de relaciones exteriores

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4870 / 8626918.

Texto oficial

Artículo 32°.- A la Dirección de Asuntos Culturales y de Información le corresponde colaborar en la formulación de la política exterior de Chile en materias culturales, la coordinación y ejecución de dicha política y colaborar para que la acción que otros países desarrollan en Chile en los aspectos señalados sea utilizada adecuadamente. Le compete, asimismo, mantener informadas a las Misiones Diplomáticas y Representaciones Consulares de Chile, sobre el acontecer nacional y elaborar material de apoyo para la acción de difusión en el exterior de la realidad chilena. La Dirección de Asuntos Culturales y de Información, estará a cargo de un Director que será de exclusiva confianza del Presidente de la República.