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Artículo 31 del Decreto 161

Fija el estatuto orgánico del ministerio de relaciones exteriores

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4870 / 8626916.

Texto oficial

Artículo 31°.- A la Dirección de Política Especial le corresponde el estudio, coordinación, ejecución, control e información de aquellos asuntos políticos bilaterales o multilaterales que por su naturaleza y/o especialidad deban ser considerados en forma separada, los que serán específicamente determinados por las autoridades superiores del Servicio, considerando en forma especial las materias científico-técnicas.