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Artículo 1 del Decreto Con Fuerza de Ley 161

Estatuto instituto profesional de santiago

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4872 / 8824618.

Texto oficial

TITULO I {Arts. 1°-2°} DISPOSICIONES FUNDAMENTALES Artículo 1°.- El Instituto Profesional de Santiago es una Corporación de derecho público, autónoma, con patrimonio propio, con domicilio en la ciudad de Santiago, que orienta su acción a la formación de profesionales idóneos y promueve la investigación, creación, preservación y transmisión del saber universal y el cultivo de las artes, las letras y las ciencias. Su representante legal es el Rector.