Texto oficial
TITULO VII {Arts. 44-45}
DE LOS ESTUDIANTES Y REGIMENES DE ESTUDIOS
De los Estudiantes {Art. 44}
Art. 44°.- Se entiende por estudiantes regulares del Instituto quienes estando en posesión de Licencia Media o su equivalente legal y habiendo cumplido los requisitos de ingreso al Instituto que establezcan sus reglamentos, efectúen en él estudios conducentes a un título a través de un plan de vigencia legal.