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Artículo 44 del Decreto Con Fuerza de Ley 161

Estatuto instituto profesional de santiago

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4872 / 8824661.

Texto oficial

TITULO VII {Arts. 44-45} DE LOS ESTUDIANTES Y REGIMENES DE ESTUDIOS De los Estudiantes {Art. 44} Art. 44°.- Se entiende por estudiantes regulares del Instituto quienes estando en posesión de Licencia Media o su equivalente legal y habiendo cumplido los requisitos de ingreso al Instituto que establezcan sus reglamentos, efectúen en él estudios conducentes a un título a través de un plan de vigencia legal.