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Artículo 11 del Decreto Con Fuerza de Ley 163

Estatuto instituto profesional de chillan

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4879 / 8824688.

Texto oficial

Del Director General Académico {Art. 11} Artículo 11°.- 1. El Director General Académico es el funcionario superior, que bajo la autoridad del Rector, tiene la responsabilidad del desarrollo, administración y coordinación de los auntos académicos del Instituto. En el ejercicio de sus atribuciones debe proponer planes y acciones en materias académicas, reuniéndose y consultando con los Directores de Departamentos, y miembros del cuerpo académico. Puede designar comités que lo asesoren en su gestión. 2. El Director General Académico, en ausencia del Rector, tendrá las atribuciones y realizará las tareas del Rector.