Saltar al contenido

Artículo 30 del Decreto Con Fuerza de Ley 163

Estatuto instituto profesional de chillan

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4879 / 8824707.

Texto oficial

TITULO VI. {Arts. 30-35} DE LOS CUERPOS COLEGIADOS DEL INSTITUTO De los Cuerpos Colegiados del Instituto {Art. 30} Artículo 30°.- Los Cuerpos Colegiados del Instituto serán, además de la Junta Directiva, el Consejo Académico y los Consejos de Departamento.