Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley n° 591, de 1982, del ministerio de obras publicas, y de las normas relativas a la ejecucion, reparacion, conservacion y explotacion de obras publicas fiscales por el sistema de concesion, contenidas en la ley n° 15.840 y el decreto con fuerza de ley n° 206, de 1960, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por decreto supremo n° 294, de 1984, del ministerio de obras publicas
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4884 / 7117981.
Texto oficial
Artículo 3°.- La adjudicación del contrato y el
otorgamiento de la o las concesiones correspondientes,
serán precedidas de las siguientes actuaciones, sin
perjuicio de lo dispuesto en la Ley N° 15.840.
a) Aprobación, por el Ministerio de Obras Públicas, de
las bases de licitación, y
b) Selección del adjudicatario de la licitación por
los mecanismos previstos en este decreto con fuerza de ley y
sus normas complementarias.