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Artículo 29 del Decreto Con Fuerza de Ley 171

Fija el texto de la ley orgánica del servicio de correos y telegrafos, deroga la ley 7392, de 31 de diciembre de 1942, que aprobo la ley orgánica de ese servicio.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4912 / 7118121.

Texto oficial

Artículo 29.o En cada zona habrá un funcionario bajo la dependencia inmediata de los Jefes del Departamento de Correos y del de Telégrafos en las materias correspondientes a cada uno y que, con el nombre de Jefe de Zona, tendrá a su cargo la dirección, administración, coordinación y control de los Servicios de su jurisdicción. Dependerán de este Jefe todas las oficinas de la Zona.