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Artículo 54 del Decreto Con Fuerza de Ley 171

Fija el texto de la ley orgánica del servicio de correos y telegrafos, deroga la ley 7392, de 31 de diciembre de 1942, que aprobo la ley orgánica de ese servicio.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4912 · idParte: 7118152

Texto oficial

Artículo 54.o La Casa de Moneda de Chile pondrá a disposición de la Dirección General, antes de que salga a la circulación una emisión de estampillas el número de ejemplares que sea necesario, a fin de dar cumplimiento a los tratados internacionales en lo referente a esta materia y demás disposiciones del Servicio. Además, deberá entregar, bajo inventario, para su conservación en el Museo Postal Telegráfico, las muestras que se obtengan o pruebas que se efectúen de las estampillas ordenadas confeccionar.