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Artículo 106 del Decreto Con Fuerza de Ley 171

Fija el texto de la ley orgánica del servicio de correos y telegrafos, deroga la ley 7392, de 31 de diciembre de 1942, que aprobo la ley orgánica de ese servicio.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4912 / 7118211.

Texto oficial

Artículo 106.o Con las excepciones previstas en el artículo precedente, será prohibido que en el interior de las Oficinas y en la parte reservada al público se ejerza alguna actividad industrial o comercial y se hagan instalaciones por cuenta de particulares, a menos que se trate de asuntos de interés para el Servicio y que califique de tales el Director General.