Texto oficial
Artículo 105.o Autorízase a la Dirección General para conceder permisos y convenir propaganda en las oficinas de Correos y Telégrafos del país, en favor del turismo nacional y del intercambio de correspondencia aérea nacional o extranjera, y de otras actividades que determinará el Reglamento.
Las entradas provenientes de los referidos permisos y concesiones ingresarán en arcas fiscales.