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Artículo 258 del Decreto Con Fuerza de Ley 178

Decreto con fuerza de ley n.o 178

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4941 · idParte: 8776624

Texto oficial

Art. 258. La responsabilidad del patrón se extiende a las enfermedades causadas de una manera directa por el ejercicio de la profesión o del trabajo que realice el obrero o el empleado y que le produzcan la incapacidad. Las indemnizaciones de las enfermedades profesionales se regularán conforme a las normas establecidas para la repartición de los accidentes del trabajo.