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Artículo del Decreto Con Fuerza de Ley 178

Decreto con fuerza de ley n.o 178

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4941 / 9252141.

Texto oficial

Art�culo... Si la empresa o faena, por causas ajenas a la voluntad del empresario, no pudiera desarrollar la jornada diaria de trabajo, los días Domingos y festivos y de descanso se pagarán conforme al salario base, en proporción a las horas trabajadas efectivamente por la empresa en el respectivo período. Si la Paralización de las actividades de la empresa se debiera a hecho o culpa de sus operarios, éstos perderán todo derecho al pago de los días Domingo y festivo, o del día de descanso, del período en que dicha interrupción se produjera