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Artículo 6 del Decreto Con Fuerza de Ley 179

Fija normas por las que se regira el servicio de;tesoreria

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4944 / 7118269.

Texto oficial

Artículo 6° Los pagarés serán cancelados con las entradas fiscales del mismo año en que sean emitidos. Si al 31 de Diciembre de cada año no hubiere sido pagado algún saldo de dichos pagarés, se hará figurar en el DEBE del Balance Fiscal anual, la partida correspondiente al valor que por ellos se adeudare.