Saltar al contenido

Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 189

Fija el estatuto orgánico del servicio de prisiones

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4980 / 7118343.

Texto oficial

Artículo 3.o El Servicio de Prisiones estará a cargo del Director y constará de las siguientes dependencias: Departamento de Secretaría y Administración; Jurídico; De Inspección; Del Personal; Industrial; De Criminología; Sanitario; De Menores; De Mujeres; De Bienestar y Asistencia Social; Educación y de Contabilidad y Control; Establecimientos Penitenciarios y Especiales, y Servicios Especiales. El Reglamento determinará las Secciones de que constará cada Departamento y las que dependerán directamente del Director.