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Artículo 146 del Decreto Con Fuerza de Ley 190

Aprueba el código tributario

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4984 / 8668110.

Texto oficial

Artículo 146. En las reclamaciones materia del presente Título no procederá el abandono de la instancia.