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Artículo 11 del Decreto Con Fuerza de Ley 191

Decreto Con Fuerza de Ley 191

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4988 / 8824790.

Texto oficial

Art. 11. Las funciones y obligaciones de las Delegaciones se regirán por un reglamento propuesto por la Superintendencia y aprobado por el Consejo Salitrero.