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Artículo 35 del Decreto Con Fuerza de Ley 191

Decreto Con Fuerza de Ley 191

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4988 / 8824814.

Texto oficial

Art. 35. Se deroga, respecto a la zona salitrera, la ley N.o 3,915, de 9 de Febrero de 1923, y su Reglamento. La movilización de sacos de un peso superior a 80 kilos, deberá hacerse por medios mecánicos aprobados por el Ministerio de Hacienda, previo informe de la Superintendencia de Salitre.