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Artículo 42 del Decreto Con Fuerza de Ley 191

Decreto Con Fuerza de Ley 191

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4988 / 8824821.

Texto oficial

Art. 42. Se declara que las presentes disposiciones reemplazan a las contenidas en la ley número 4,144, de 25 de Julio de 1927, y a las del Título III del Reglamento del Código de Minería. En consecuencia, para la aplicación de las leyes y decretos que se hayan referido a la ley número 4,144, se aplicarán en su parte pertinente las disposiciones contenidas en la presente ley.