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Artículo 1 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 192

Crea la direccion general de fomento equino y remonta, dependiente del ministerio de defensa nacional.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4993 / 9077758.

Texto oficial

Artículos transitorios. Artículo 1° Los fondos consultados en el decreto 333, de 11 de mayo de 1953, pasarán a disposición de la Dirección General de Fomento Equino y Remonta, para los fines indicados en el citado decreto.