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Artículo 1 transitorio de la Ley 19.490 · Establece asignaciones y bonificaciones que señala para el personal del sector salud

Establece asignaciones y bonificaciones que señala para el personal del sector salud

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 50307 / 8454498.

Texto oficial

Artículos transitorios Artículo 1º.- Las normas del artículo 3º entrarán a regir a contar del 1º de enero de 1997, sobre la base de los resultados del proceso calificatorio correspondiente al año 1996.