Saltar al contenido

Artículo 1 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Crea los servicios de salud de araucania norte y arauco

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 50350 / 7203213.

Texto oficial

Artículo 1º. Créase en la Región del Bío-Bío, el Servicio de Salud Arauco, el cual será el continuador legal del Servicio de Salud Concepción-Arauco dentro del territorio de su competencia, con los mismos derechos y obligaciones que a éste correspondían en él. A contar de la fecha de vigencia de este Decreto con Fuerza de Ley el Servicio de Salud Concepción-Arauco pasará a denominarse Servicio de Salud Concepción.