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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 3

Fija planta de personal para el servicio de salud araucania norte

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 50369 / 8300378.

Texto oficial

Artículo 3º.- La provisión de los cargos de carrera de la planta de Directivos que se asignen a la Dirección del Servicio de Salud Araucanía Norte, en su primera oportunidad se efectuará mediante concurso público de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 15º y 16º de la Ley Nº 18.834 y en el artículo 2º de la Ley Nº 19.198 cuando corresponda.