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Artículo 29 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley nº 5, de 1992, sobre subvencion del estado a establecimientos educacionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 50505 / 8702001.

Texto oficial

Artículo 29. Los establecimientos Art.46 Letra.o) educacionales deberán poner en conocimiento Ley Número 18.768 por escrito a los apoderados, antes del 30 de Art.42 Inc.Final octubre de cada año, el monto de los cobros del DL.Nº 3476 mensuales que deberán pagar por los alumnos Art.36 DFL.2/89 en el año siguiente. En dicha comunicación Art.29 DFL.5/92 deberá expresarse la alternativa que tiene el alumno de optar a algún establecimiento educacional gratuito de la comuna.