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Artículo 28 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley nº 5, de 1992, sobre subvencion del estado a establecimientos educacionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 50505 / 8702000.

Texto oficial

Artículo 28. En el caso que un sostenedor Art.46 Letra.o) ofrezca más de un nivel o modalidad de Ley.Número 18.768 enseñanza, en uno o varios establecimientos, Art.37 DL. 3476 para los efectos de determinar la categoría de establecimiento educacional de financiamiento compartido del establecimiento o del conjunto, según corresponda, se comparará el cobro promedio con el valor límite promedio, ponderado los valores límites de cada tipo de enseñanza por las asistencias promedio correspondientes. No obstante lo anterior, las subvenciones correspondientes a cada establecimiento y a cada tipo de educación, se establecerán en forma separada.